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Coberturas

La Aseguradora cubre, por cuenta del Asegurado,  hasta el número máximo de seis (6) cuotas o pagos, para ser aplicados al saldo pendiente del Asegurado con el Contratante.   Estos pagos están sujetos a los límites establecidos siempre  y cuando la pérdida de ingresos del Asegurado sea originada por una de las siguientes causas:

  • Pérdida Involuntaria del Empleo a consecuencia de despido del Asegurado sin causa justa, siempre que el Asegurado tenga una antigüedad en la póliza superior al Periodo de Carencia, y haya estado sujeto a un contrato de trabajo por tiempo indefinido con una antigüedad mayor a un año.
  • Esta cobertura aplica únicamente para trabajadores en relación de dependencia y sujetos a un contrato de trabajo por tiempo indefinido.

 

Beneficiario

Queda entendido y convenido que Banco Promerica, S.A., es el Beneficiario irrevocable de los derechos derivados del seguro suscritos para cada deudor. Al fallecimiento del deudor, la compañía pagará a Banco Promerica como contratante y beneficiario irrevocable de la suma asegurada.

 

Documentos requeridos:

  • Copia de carta de terminación de empleo en la cual se incluya, tipo de contrato, tiempo laborado y motivo de finalización de contrato
  • Copia de DUI y NIT

 

Exclusiones generales

Las obligaciones de la Aseguradora finalizan:

  • Al fallecimiento del deudor asegurado.
  • Al cumplir el asegurado los 65 años.
  • Por intoxicación, por consumo o uso de alcohol o drogas, deshonestidad, fraude, conflicto de intereses, actos dolosos o conducta delictiva.

 

¿Qué hacer en caso de un siniestro?

 

Condiciones generales